La Balsa Jenny era una parcela de 8,75 hectáreas que albergaba una balsa destinada a residuos mineros con 1,085 millones de metros cúbicos de estériles. Se formó con los materiales depositados por el lavadero Segunda Paz desde 1950 a 1970, procedentes a su vez de la actividad minera que desarrollaron en la Sierra Minera de Cartagena y La Unión las empresas Minera Celdrán, Peñarroya y Portmán Golf sucesivamente. Situada por encima del núcleo urbano del Llano del Beal (término municipal de Cartagena) la balsa ha representado desde entonces un peligro por el riesgo de rotura y por las escorrentías que, por fuertes lluvias, podían provocar daños graves a las personas, a las viviendas y al medio ambiente, dado el contenido de metales pesados.
La propiedad de la balsa era de la Sociedad Anónima Portman Golf sucesora de la empresa minera Peñarroya. La voz cantante de las quejas, protestas y denuncias por los peligros derivados de las escorrentías de los estériles la llevaron las asociaciones de “Vecinos de Santa Bárbara” y “Agricultores afectados por la concentración parcelaria del campo de Cartagena, Sectores III y IV”, es decir, entidades de la zona directamente concernidas por los posibles perjuicios, acompañados a su vez por informes técnicos y por la acción de otros colectivos vecinales y ecologistas.
La historia de esta balsa de residuos mineros no sería diferente ni especial en relación a otras balsas de estériles que salpican la citada Sierra Minera y que reclaman para sí la aplicación cabal de la legislación en materia de suelos contaminados, si no fuera por la solución dada para su eliminación por el Gobierno regional de Murcia. Dejando a un lado la corrección y eficiencia en las operaciones de limpieza, traslado de estériles y eliminación de la balsa en cuestión – ya examinadas por este grupo de investigación[1] -, y la contaminación histórica del suelo, lo relevante del “caso Jenny” desde el punto de vista jurídico lo constituye el iter seguido por la Administración Pública para solucionar la cuestión de los costes de la descontaminación, por tratarse de un ejemplo de socialización de responsabilidades ambientales no exento de críticas.
En efecto, la financiación pública en este asunto ha supuesto, según diversos denunciantes y algunas iniciativas de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, la comisión de presuntos delitos contra la Hacienda Pública y el medio ambiente, la inaplicación del principio de Derecho Ambiental “quien contamina, paga” y el enriquecimiento injusto de la empresa propietaria del suelo contaminado.
Así, en respuesta a la presión vecinal ejercida ante el peligro de derrame de la Balsa Jenny, la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM), en Septiembre de 2000, encargó directamente un estudio a una empresa de Córdoba y el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) de 28 de Mayo de 2001 anunció la información pública relativa al estudio de impacto ambiental para la “eliminación” de la Balsa Jenny, siendo promotora la propia Consejería citada.
El Gobierno de la CARM firmó a su vez sendos convenios con el Ministerio de Medio Ambiente, en 1995 y 2000, para incluir la eliminación de la balsa Jenny en las actuaciones derivadas del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados, para financiar por mitad y con cargo a fondos de la Unión Europea, la eliminación de la balsa, limpieza de los terrenos y el traslado de los estériles; actuaciones que supusieron finalmente la totalidad de las financiadas por dicho Plan en la Región de Murcia.
Aunque existía la posibilidad de operar la eliminación manteniendo la propiedad privada de los terrenos en los que se contenía la balsa, incluyéndolos además en el catálogo de suelos contaminados creado por la legislación ambiental aplicable, la Administración regional eligió otro camino, que suponía la financiación pública de la limpieza y descontaminación de los terrenos.
Mediante Decreto 84/2001, de 23 de noviembre, el Gobierno Regional de la CARM aceptó la cesión gratuita de las 8’75 hectáreas que ocupaban la Balsa Jenny ofrecida por Portman Golf SA en fecha 3 de Octubre del mismo año, con destino a la realización de actuaciones encaminadas a repoblaciones forestales y mejoras de las reservas hidrológicas de la zona, valorando la finca en 4.350.000 pesetas. Para algunos periodistas implicados en la investigación de los hechos esta cesión se trataba de un “regalo envenenado”, para los denunciantes ante la Fiscalía formaba parte directamente de una argucia jurídico-administrativa orquestada conjuntamente por la Administración y los propietarios de suelos contaminados.
Los proyectos para eliminar la Balsa Jenny y trasladar los estériles a una corta minera denominada Los Blancos III y junto a la cantera Emilia, se iniciaron por la Consejería de Agricultura, con el resultado de adjudicar, después de una corrección al alza, las obras de limpieza a la Empresa Nacional TRAGSA, por la cantidad de 5.452.121’46 euros (800 millones de pesetas aproximadamente). Fue la empresa TRAGSA quien contrató posterior y directamente con Portman Golf SA la cesión de los terrenos adyacentes para arrojar los residuos procedentes de la Balsa Jenny. Por razón a lo expuesto TRAGSA abonó a Portman Golf SA 2.726.061 euros en 2004. Los ex dueños de la balsa no sólo no sufragaron el coste de la descontaminación, sino que cobraron por dejar que los materiales se depositaran en sus terrenos y por la subcontrata de limpieza, que les fue también concedida.
El 10 de marzo de 2005 el Ministerio de Medio Ambiente requirió a la CARM para que reclamase a Portman Golf SA los gastos de limpieza. No fue hasta el 29 de enero de 2007 cuando la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería Medio Ambiente de la CARM elevó a la Secretaría General informe para que se solicitase a la Consejería de Hacienda una valoración de los terrenos y pagos efectuados a TRAGSA para la eliminación de la balsa Jenny. Con fecha 21 de mayo de 2007 el interventor general de la Consejería de Hacienda emitió certificación según la cual se acreditaba haber pagado a TRAGSA 6.545.306’76 euros. El 20 de julio de 2007 el Director General de Calidad Ambiental se dirigió a Portman Golf SA exigiendo el pago de dicha cantidad, a lo que la sociedad se negó basándose en diversas alegaciones.
A día de hoy, esta deuda a la Comunidad Autónoma por la descontaminación de un suelo otrora privado sigue sin pagarse por parte de los propietarios, que además, como se ha indicado, se han beneficiado de otros ingresos derivados de las labores de limpieza de estériles.
En 2006, una asociación de propietarios afectados presentó denuncia por estos hechos ante la Fiscalía de la Región de Murcia que decidió redirigir la investigación la Fiscalía Anticorrupción sita en Madrid. El archivo posterior de esta investigación por parte de la Fiscalía Anticorrupción – por motivos de oportunidad política, según algunos periodistas -, supuso la presentación por parte de un prestigioso abogado murciano de una querella contra los titulares de las Consejerías de Hacienda y de Agricultura, Agua y Medio Ambiente por delitos de cohecho, prevaricación, estafa y asociación ilícita, ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia, querella que ampliaría posteriormente al entonces Presidente de la CARM.
La Sala del TSJ archivó la querella mediante Auto de 30 de julio de 2010, basándose en la inexistencia de comisión de delitos declarada por la Fiscalía Anticorrupción de Madrid y el propio Tribunal de Cuentas.
En 2013 se ha presentado nueva denuncia ante la Fiscalía de Medio Ambiente del TSJ de la Región de Murcia, que ha iniciado diligencias por la posible comisión de un delito contra los recursos naturales, basándose en nuevos informes técnicos y del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil.
[1] https://dahis.proyectoscebes.es/wp-content/uploads/2016/06/Caso_Jeny.pdf




